La Profeco sanciona, pero no cobra multas

La dependencia no tiene facultad para recaudar las penalizaciones impuestas
Economía -
Para Victorino Porcayo, director de Procedimientos de la Profeco, el cobro de multas es un punto sensible. Foto: Daniel Betanzos
Para Victorino Porcayo, director de Procedimientos de la Profeco, el cobro de multas es un punto sensible. Foto: Daniel Betanzos

CIUDAD DE MÉXICO.- La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) ha impuesto multas millonarias a empresas que cometen infracciones en perjuicio de los clientes, pero no tiene certeza del cobro de las mismas.

Así lo dio a conocer Victorino Porcayo Domínguez, director general de Procedimientos de la dependencia, quien añadió que el organismo no tiene la facultad de cobrar las amonestaciones que impone, por lo que carece de certidumbre sobre el cobro de las mismas.

Tan sólo durante la administración del procurador Alfredo Castillo Cervantes, quien tomó posesión en mayo pasado en sustitución de Humberto Benítez Treviño, se han impuesto sanciones a empresas con publicidad engañosa equivalentes a 16 millones 55 mil pesos, mientras que las multas por infracciones a la ley ascienden a ocho millones 302 mil pesos; sin embargo, se desconoce si han sido cobradas.

“El cobro de las multas es un punto sensible. Nosotros somos los más interesados en que éstas se cobren porque son procesos coercitivos, que más que el monto económico buscan que se resienta en el patrimonio de las empresa para que las infracciones no se vuelvan a cometer”, indicó el funcionario en entrevista con Excélsior.

“Sin embargo, la ley dice que la Profeco emite las multas y otras entidades son las que llevan a cabo el cobro de las mismas”, añadió, al tiempo que resaltó que la dependencia carece de información sobre el pago de las mismas.

“El Código Fiscal de la Federación establece en el artículo cuarto que la recaudación de todos los ingresos de la Federación se hace a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y las oficinas que esta dependencia autorice, como el Sistema de Administración Tributaria, las secretarías de Finanzas de cada estado (municipio o ayuntamiento), las cuales se encargan de revisar las órdenes de las multas y hacerlas efectivas”, indicó.

Publicidad, con lupa

En caso de que la Profeco detecte publicidad engañosa se abren procedimientos para que las empresas demuestren que las frases con la que publicitan sus productos se cumplen; pero en caso de que no logren hacerlo se establecen amonestaciones de acuerdo con el tipo de publicidad, los medios en que fue difundida, si ésta tuvo cobertura local, estatal o nacional.

“Estas sanciones tienen como límite los tres millones de pesos y fracción”, dijo el funcionario.

De presentarse un incumplimiento existe la posibilidad de que consumidores y empresas lleguen a un acuerdo, pero si no lo hacen se determina una penalización. Luego, la Profeco emite la multa, que es enviada a la Secretaría de Hacienda, la cual avisa al SAT, la Secretaría de Finanzas o la Tesorería que corresponda para que haga el cobro.

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