Patrones del RIF ya pueden asegurar a trabajadores

Ahora las personas físicas que tributen bajo el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) y que tengan personal a su cargo podrán ofrecer los beneficios no sólo de la seguridad social.
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Mientras que tus empleados recibirán seguridad social, tú podrás acceder a beneficios de tipo económico. Foto: Thinkstockphotos
Mientras que tus empleados recibirán seguridad social, tú podrás acceder a beneficios de tipo económico. Foto: Thinkstockphotos

CIUDAD DE MÉXICO.-En tiempos como los que vivimos, tener trabajo ya es un beneficio muy grande, y pocas veces nos ponemos a pensar en las ventajas de que éste otorgue las prestaciones de ley.

Por ejemplo, nadie está exento de enfermarse, quienes no tienen seguridad social a veces asisten en esas condiciones a laborar por miedo a perder su empleo, afectándose a sí mismas y a sus compañeros de trabajo.

Tener derecho a una incapacidad es un privilegio con el que pocos cuentan, y qué decir de la población que gracias a la seguridad social tiene acceso a una cuenta de ahorro para el retiro.

Ahora las personas físicas que tributen bajo el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) y que tengan personal a su cargo podrán ofrecer los beneficios no sólo de la seguridad social, sino la oportunidad de pedir un crédito Infonavit.

Beneficios

Los RIF además de tener el subsidio del Impuesto Sobre la Renta (ISR) durante los 10 años que lo permite el Servicio de Administración Tributaria (SAT) también podrán acceder a descuentos en las cuotas obrero- patronales ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), ambos estímulos son por una década y tendrán reducciones paulatinas.

Francisco Godínez, socio a cargo del área de seguridad social de PwC, explica que las personas físicas bajo el Régimen de Incorporación Fiscal en términos generales tienen las mismas obligaciones que cualquier otro patrón, y para registrar a sus empleados ante el IMSS deberán asistir a la subdelegación que les corresponda para conocer los requisitos para afiliarlos.

Oportunidad atractiva

Mientras que tus empleados recibirán seguridad social, tú podrás acceder a beneficios de tipo económico, lo cual, según el especialista de PwC, es atractivo para todos, además de que no sólo se trata de atención médica, sino también la oportunidad de tener un crédito Infonavit.

Francisco Godínez explica que las personas físicas bajo el RIF que tengan registrados a trabajadores con hasta un Salario Base de Cotización de hasta tres veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, lo que es aproximadamente 201.87 pesos, tendrán un subsidio en los cuotas obrero-patronales de 50 por ciento durante el primer y segundo año; 40 por ciento durante el tercer y cuarto año.

Mientras que en el quinto y sexto año tendrán una reducción de 30 por ciento; en el séptimo y octavo año accederán a un 20 por ciento de beneficio y en los dos últimos años bajo el Régimen de Incorporación Fiscal tendrán un descuento de 10 por ciento.

De acuerdo con el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de abril de este año, para que se pueda obtener el beneficio del subsidio de las cuotas obrero-patronales se debe:

-Estar dado de alta bajo el nuevo Régimen de Incorporación Fiscal.

-No haber cotizado en el seguro social en los últimos 24 meses.

*DR

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