Marielena Vega

Estrategia de negocios

Marielena Vega

7 Oct, 2015

Aún hay más de Casanova Rent

Que el actuar de la empresa Casanova Rent siempre ha sido transparente y legal en todos los procesos de licitación en los que ha participado. Incluso, que entre sus clientes se encuentran instituciones públicas y privadas que la han elegido gracias a la competitividad económica y calidad operativa que distingue a sus servicios.

De ahí que Patricia Castañeda, directora de Administración y Cuentas con Gobierno de esa empresa, me hiciera llegar una carta aclaratoria respecto a la publicación que hiciera este pasado lunes, asegurando que es incorrecta mi información.

Aquí más datos de la licitación SA-011H00002-N40-2015 (bajo Contrato Marco) que estipula que el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes de México (Conaculta) hará uso de 156 vehículos del 1 de octubre al 31 de diciembre del presente año.

Y con lo que se ve beneficiada Casanova Vallejo, de los hermanos Joaquín y Carlos Echenique Casanova.

El presente procedimiento tiene varias irregularidades. Estamos hablando de un procedimiento bajo el concepto de Contrato Marco, no de una licitación pública.

El Contrato Marco de conformidad con el artículo 41, fracción XX de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP) es una adjudicación directa.

Si bien tiene un mecanismo propio para adjudicarse (artículo 17 de la LAASSP y 14 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector. Público, RLAASSP), existen en un Estado de derecho normas que se deben observar para garantizar, efectivamente, la transparencia de los procedimientos. 

En el presente procedimiento, en ningún momento Casanova Rent se manifesto en contra de las irregularidades administrativas y contractuales de parte del Conaculta (puesto que no debe haber junta de aclaraciones, no se pueden modificar especificaciones de vehículos, no se pueden pedir vehículos de modelos anteriores al ejercicio fiscal del que se piden, menos usados, los tiempos de entrega son ilógicos para conseguir emplacamiento, verificación y la totalidad de vehículos, así como solicitar información adicional que el Contrato Marco pide hasta la formalización del contrato específico).

Además, el Conaculta no tiene facultad para modificar Contrato Marco. Los lineamientos los establece Función Pública en el Contrato Marco. Conaculta no puede modificarlos. Al haberlos modificado incurre en una falta. Casanova Rent al observar dichas irregularidades debió manifestarlo de inmediato.

No obstante, ni las manifestó y se vio favorecido con el contrato. Como Posible Proveedor del Contrato Marco, debe verificar que se cumplan cabalmente las reglas del Contrato Marco.

No basta con lo que ha dicho por el proveedor para demostrar que se ha entregado en tiempo y forma para así demostrar que es posible en dos días emplacar, verificar y trasladar la cantidad de vehículos contratados que no únicamente se demuestren con un acta administrativa que puede ser manipulada. ¿Cómo acredita su dicho?

En este sentido qué fecha tienen las verificaciones de los vehículos nuevos, en qué fecha se emplacaron, coinciden las fechas con las actas administrativas?

Y aún hay más.

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